AFIP actualizó los montos a partir de los cuales se deben informar los movimientos bancarios

AFIP actualizó los montos a partir de los cuales se deben informar los movimientos bancarios

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha actualizado los topes a partir de los cuales los bancos y billeteras virtuales deben informar sobre los gastos y movimientos de sus clientes.

 

Desde el 1° de mayo, las escalas se han ajustado para alinearse al aumento de precios.

La medida se aplica tanto a gastos con tarjetas de crédito y/o débito como a acreditaciones, extracciones, saldos de cuentas y depósitos a plazo, con nuevos topes para las distintas operatorias.

 

Cuáles son los nuevos montos

Los montos mínimos de transacciones a partir de los cuales los bancos deben informar a la AFIP son:

Monto total acumulado de acreditaciones y extracciones mensuales, saldos de cuentas corrientes, cajas de ahorro, cuentas sueldo o de la seguridad social y cuentas especiales: pasa de $ 90,000 a $ 200,000.

Consumos en tarjeta de débito acumulados por mes: pasa de $ 30,000 a $ 120,000.

Transferencias virtuales o bancarias: pasa de $ 200,000 a $ 400,000 por operación.

Las billeteras virtuales o plataformas financieras digitales también deberán informar movimientos con nuevas características, como ingresos y/o egresos totales en el período a informar, que pasan de $ 30,000 a $ 120,000 y saldos que, al último día hábil del período mensual informado, sean iguales o superiores -en valores absolutos- a $ 200,000 (antes eran $ 90,000).

"En caso de superarse al menos uno de los importes previstos, la obligación de información se extiende también a los otros conceptos", aclara la AFIP.

 

Fuente: El Litoral